FCBARCELONA.CAT

Saltar el menú

Menú principal

Menú del contenido


Volver al inicio de esta página

Contenido

Enlace al contenido asociado

Club

10.05.2010 10:54

Convocatoria de elecciones para la Junta Directiva

www.fcbarcelona.cat


Al amparo de lo que dispone el artículo 39º de los Estatutos del Club, la Junta Directiva, en sesión celebrada el 30 de abril de 2010, ha acordado convocar elecciones a la Junta Directiva del Barça. Las votaciones se celebrarán el 13 de junio de 2010


De conformidad con los artículos 36º a 50º de los Estatutos, la elección de los miembros de la Junta Directiva del FC Barcelona se ajustará a las normas siguientes.

1º- Son condiciones para ser elector o electora:

a) Ser mayor de edad y no estar legalmente incapacitado.
b) Tener una antigüedad mínima como socio o socia de un año.
c) No tener suspendida la condición de socio o socia.
d) Estar incluido en el censo electoral vigente de acuerdo con el artículo 43.

2º- Son condiciones para ser elegible:

a) Ser mayor de edad y no estar legalmente incapacitado.
b) Tener una antigüedad mínima como socio o socia de un año en el momento de convocarse las elecciones.
c) No tener suspendida la condición de socio o socia en el momento de convocarse las elecciones.
d) No haber estado vinculado al FC Barcelona como jugador o jugadora, entrenador o entrenadora, técnico o técnica o empleado o empleada, durante los dos años anteriores a la convocatoria.
e) No haber sido sancionado disciplinariamente por el Club, por infracción muy grave, durante los cinco años anteriores a la convocatoria de las elecciones.
f) Haber presentado la dimisión y cesado en el cargo antes de iniciarse la fase VI del proceso electoral (presentación de candidaturas), en el supuesto de que el aspirante a candidato o candidata sea miembro de la Junta Directiva o de la Comisión Gestora que ha convocado las elecciones y quiera presentarse a la reelección.
g) Estar incluido en el censo electoral vigente.
h) Respecto al candidato o candidata a presidente o presidenta, tener vecindad civil catalana.

3º- El viernes día 14 de mayo a las 10.00 horas, se procederá, en el domicilio del Club, al sorteo público para designar los componentes de la Junta Electoral y de la Mesa Electoral, que se constituirán el domingo día 16 de mayo a las 12.00 horas.

4º- Desde el lunes día 17 de mayo hasta el viernes día 21 de mayo, los socios y socias podrán consultar el censo electoral en la Oficina del Síndico de los Socios y Socias que para este proceso estará en las dependencias de la Oficina de Atención al Barcelonista. El horario para consultas es de 9.00 a 21.00 horas.

Las reclamaciones por omisiones o inclusiones indebidas o rectificación se deberán pedir mediante un escrito, que se deberá presentar en la Oficina del Síndico de Socios y Socias (Oficina de Atención al Barcelonista) y se deberá dirigir a la Junta Electoral, antes de las 21.00 horas del viernes 21 de mayo.

La Junta Electoral resolverá las reclamaciones que se presenten en los tres días siguientes y el día 24 de mayo se aprobará el censo electoral definitivo, que no podrá ser objeto de ninguna modificación durante el resto del proceso electoral.

5º- Las candidaturas, que serán cerradas y se votarán en bloque, se deberán presentar ante la Junta Electoral desde el martes día 25 de mayo hasta las 21.00 horas del martes día 1 de junio.

Las candidaturas deberán estar integradas por un número de candidatos no inferior a catorce ni superior a veintiuno, encabezados por el candidato a presidente o presidenta.

Las candidaturas se deberán presentar por escrito y por duplicado, y deberán contener los datos siguientes:

- Relación de los nombres y los apellidos de los candidatos y, junto a cada nombre, la firma del candidato o candidata, acreditativa de su conformidad. En los candidatos y candidatas deben concurrir las condiciones que estable el artículo 38º de los Estatutos del Club.

- Fotocopias de los carnets de socio o socia de los candidatos y de los documentos de identidad, por las dos caras.

- El candidato o candidata a presidente o presidenta deberá acreditar, tener vecindad civil catalana.

En la candidatura no se incluirá ninguna referencia ni relación de los diferentes cargos de la Junta, salvo el del presidente o presidenta, que debe corresponder al candidato o candidata que encabece la relación. Si lo creen conveniente, los miembros de la candidatura,podrán adjuntar una relación de los datos biográficos y los méritos de los aspirantes a candidatos y candidatas.

Junto a la candidatura, se deberán entregar como mínimo 2.095 boletos de apoyo de socios y socias y el compromiso de prestar aval, si fuere necesario, firmado por todos los componentes de la candidatura, según resulta de la normativa legal de aplicación.

Las papeletas de apoyo se deberán rellenar en el modelo oficial editado por el Club; los aspirantes a candidatos y candidatas a la presidencia del Club las podrán solicitar por escrito dirigido a la Junta Electoral a partir de las 9.00 horas del lunes día 17 de mayo y les serán entregadas en un plazo máximo de 36 horas, 4.190 papeletas de forma gratuita, y a cargo del solicitante las que se pidan excediendo dicho límite.

Los socios y socias firmantes de los boletos de apoyo deberán estar incluidos en el censo electoral definitivo aprobado por la Junta Electoral y sólo podrán dar apoyo a una sola candidatura.

Las papeletas de apoyo firmadas que aporte cada candidatura deberán presentarse numeradas y ordenadas por el número de socio o socia de menor a mayor.

6º- La Junta Electoral comprobará que en los miembros de cada candidatura y en los firmantes de las papeletas de apoyo concurren las condiciones que exigen los Estatutos, y que cada candidatura ha presentado el número mínimo de papeletas de apoyos válidos y el compromiso de prestar aval.

El jueves día 3 de junio de 2010, la Junta Electoral procederá a la proclamación de las candidaturas que tendrán derecho a participar en las elecciones.

7º- Si sólo se presenta o queda válida una única candidatura, la Junta Electoral proclamará elegidos a sus miembros y dará por finalizado el proceso electoral.

8º- Si resultan proclamadas diferentes candidaturas, se iniciará la campaña electoral, que durará desde las 00.00 del viernes día 4 de junio hasta las 00.00 horas del viernes día 11 de junio de 2010.

Durante la campaña electoral, los candidatos y candidatas podrán hacer actos de información, promoción o propaganda.

La Junta Electoral velará para que en sus manifestaciones y actuaciones todos los candidatos y candidatas mantengan el respeto que merecen a sus oponentes y para mantener el principio de igualdad de oportunidades en relación a las instalaciones o a los servicios del Club.

El Síndico de Socios y Socias tramitará la información y publicidad que los candidatos y candidatas quieran dirigir a los socios y socias, mediante los servicios de la Oficina del Síndico (Oficina de Atención al Barcelonista). La solicitud de envío se hará por escrito en la Oficina del Síndico (Oficina de Atención al Barcelonista), que informará a los candidatos y candidatas del coste del servicio y de la posibilidad de facilitarlo.

9º- El sábado día 12 de junio será la jornada de reflexión. Se prohibirán desde las 00.00 horas de este día todas las actividades públicas de las candidaturas y no se podrán realizar, ni directamente ni indirectamente, actuaciones propias de la campaña electoral, como pegar carteles, publicar o emitir propaganda a través de los medios de comunicación, o hacer declaraciones o entrevistas.

10º- El domingo día 13 de junio se celebrará el acto de votación, en el Camp Nou, desde las 9.00 horas hasta las 21.00 horas.

Las papeletas de las votaciones serán editadas por el Club en un formato, papel y color iguales para todas las candidaturas.

Las urnas estarán atribuidas del perímetro de Gol Sur, de Gol Norte y el Lateral del estadio del FC Barcelona. Se instalarán un total de 120 urnas, en las cuales estará distribuido el censo de los socios y socias con derecho a voto.

Las urnas serán ordenadas por orden alfabético por los apellidos de los socios y socias electores.

Para ejercer el derecho a voto, los socios y socias deberán figurar inscritos en el censo electoral definitivo y acreditar su personalidad con la exhibición del documento de identidad o equivalente en el supuesto de personas extranjeras, pasaporte o permiso de conducir.

La Mesa Electoral presidirá y controlará el acto de las elecciones, asistida por el Síndico de los Socios y Socias.

11º- Una vez finalizado el horario de las votaciones, la Mesa Electoral dará por iniciado el escrutinio.

La Junta Electoral y la Mesa Electoral, conjuntamente, proclamarán la candidatura ganadora.

12º- La nueva Junta Directiva elegida deberá formalizar el aval comprometido, si así lo exige la normativa legal de aplicación, y tomar posesión dentro del día 1 de julio siguiente.

13º- La expiración del mandato, por finalización del plazo ordinario, de la Junta Directiva que resulte elegida se producirá el 30 de junio de 2016.

Lo que se comunica para conocimiento de todos los socios y socias del Futbol Club Barcelona.

Barcelona, 10 de mayo de 2010

Por la Junta Directiva
El secretario

Josep Cubells i Ribé
Convocatoria de elecciones para la Junta Directiva


Comparte en

Noticias del Club

Revista Barça


Volver al inicio del contenido de esta página
Volver al inicio de esta página