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11.07.2008 18:05

La Junta no tendrá que avalar el presupuesto

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El juez Antonio Pascual Nuño de la Rosa ha desestimado la demanda interpuesta por el socio Sr. Pla, en que éste reclamaba la nulidad de la toma de posesión de las elecciones de 2006 y, subsidiariamente, la prestación de aval por parte de la Junta.


La Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 24 de Barcelona, que se ha dado a conocer este viernes, desestima en su integridad “la pretensión formulada por el Sr. Vicenç Plà i Cibrián a fin de que se declarara la nulidad del acta de toma de posesión de la Junta Directiva del FC Barcelona presidida por el Sr. Laporta Estruch que tuvo lugar el 22 de agosto de 2006”.

La desestimación de esta pretensión comporta el rechazo de la solicitud de condena a los miembros de la Junta Directiva a cesar inmediatamente de sus cargos.

La Sentencia igualmente desestima "la pretensión subsidiaria de que se condene a los miembros de la referida Junta Directiva a prestar el aval bancario en la cuantía en que legalmente sea procedente para garantizar los resultados económico negativos que eventualmente se produzcan durante el período de su gestión".

En definitiva, la Sentencia declara la validez de de la toma de posesión que tuvo lugar el dia 22 de agosto de 2006 y declara que la Junta Directiva no tenía la obligación de avalar.
La Junta no tendrá que avalar el presupuesto

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